!Bienvenido Agosto! Hablamos sobre la Mediación. ¿Quieres saber más sobre la mediación?
¿Qué diferencias esenciales presenta la mediación respecto al proceso judicial?
La principal diferencia es que en la Mediación, las partes mediante las técnicas de comunicación con ayuda de un mediado imparcial pactan el resultado, mientras que en el procedimiento judicial hay una tercera persona que tiene que dictar una sentencia en base a lo que dicen las leyes.
Otra gran diferencia es que en la Mediación las partes tienen mucho más tiempo para exponer las necesidades y los problemas de las personas. Mientras que en las vía judicial este aspecto está totalmente excluido.
El procedimiento de la Mediación es muchísimo más sencillo y los tiempos se acortan de manera significante. En cambio el proceso judicial es largo, agotador y frustrante a menudo.
La Mediación trabaja en un sistema de colaboración en el que todas las partes sean artífices del resultado sin vencedores ni vencidos, donde el cumplimiento es más fácil. Mientras que los procedimientos judiciales trabajan con un sistema de ganadores y vencidos, y luego viene el problema de su cumplimiento.
Viene siendo habitual que desde dentro del propio proceso judicial o incluso después, los jueces y fiscales recomienden a las partes iniciar un proceso de la Mediación.
La mediación pude terminar con un acuerdo satisfactorio que garantiza cumplimiento del mismo a largo plazo. En caso de sentencias judiciales, es difícil de cumplir las obligaciones que van “contra nosotros”.